La CDMX ajusta reglas para scooters y bicimotos eléctricas. Algunos modelos deberán emplacarse y tener licencia antes de agosto de 2026.
La Ciudad de México avanza en la regulación de la micro-movilidad. Scooters eléctricos, bicicletas eléctricas y bicimotos pasarán a clasificarse como Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) y deberán cumplir requisitos similares a los de una motocicleta para circular legalmente en la capital.
¿Qué implica la nueva regulación?
El Congreso de la CDMX aprobó una reforma a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito para integrar estos vehículos a la normativa urbana. A partir de este cambio, los scooters eléctricos, bicicletas eléctricas y bicimotos que cumplan ciertas características deberán portar placa y tarjeta de circulación, además de que la persona conductora tendrá que contar con licencia de manejo.
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La regulación aplica específicamente a los vehículos que superen los 25 km/h de velocidad y tengan un peso mayor a 35 kg, ya que la ley los reconoce como vehículos motorizados y no como dispositivos ligeros.
Además, las autoridades prohíben su circulación en banquetas, zonas peatonales y carriles exclusivos de transporte público, y exigen el uso de casco, luces encendidas y equipo de seguridad para reducir riesgos viales.
¿Cuándo será obligatorio tramitar placas y licencia?
Aunque el Congreso aprobó la reforma el 15 de agosto de 2025, el proceso de implementación continúa. La normativa concede un plazo de 360 días para que la Secretaría de Movilidad (Semovi) defina procedimientos, costos, sedes de trámite y requisitos técnicos.
Con este calendario, la autoridad exigirá de forma plena el emplacamiento y la licencia a partir del 10 de agosto de 2026. No obstante, funcionarios capitalinos han adelantado que desde diciembre de 2025 podría iniciar el registro voluntario, acompañado de campañas informativas para que los usuarios regularicen sus vehículos.
¿Qué pasa si no cumples?
Las autoridades impulsan esta regulación para mejorar la seguridad vial, ante el aumento de accidentes relacionados con scooters y motocicletas eléctricas. Una vez que la ley entre en vigor por completo, quienes no porten placa, licencia o tarjeta de circulación podrían enfrentar multas y sanciones, previsiblemente a partir del segundo semestre de 2026.
Todavía faltan por definirse aspectos clave como el costo del trámite, el diseño de las placas y los requisitos específicos de la licencia VEMEPE, aunque la Semovi planea alinearlos con las reglas actuales para motocicletas.
¿Quiénes quedan exentos?
La regulación no incluye a todos los vehículos eléctricos personales. Quedan fuera los scooters y bicicletas eléctricas que no superen los 25 km/h o que funcionen solo con pedaleo asistido, lo que permite que usuarios de movilidad ligera sigan circulando sin necesidad de placa ni licencia.
La CDMX atraviesa una etapa clave para ordenar la movilidad eléctrica ligera. Quienes utilicen scooters eléctricos, bicicletas eléctricas o bicimotos que superen los límites de velocidad y peso deberán tramitar placas y contar con licencia para circular legalmente, con un plazo que concluye en agosto de 2026. Aunque el proceso podría arrancar desde finales de 2025, conviene mantenerse atento a los anuncios oficiales de la Semovi para evitar sanciones y adaptarse a las nuevas reglas de movilidad urbana.
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Estudiante de Ciencias de la Comunicación en la Universidad Nacional Rosario Castellanos. Apasionado por los deportes, el cine y la música, me dedico a escribir notas sobre temas diversos, con un enfoque auténtico. Mi objetivo es ofrecer contenido relevante y bien investigado en cada artículo que realizo.


