El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un recordatorio a las empresas que deben presentar su declaración anual del ejercicio fiscal 2024, a más tardar el 31 de marzo.
Este año el SAT ha mejorado los formularios, incluyendo precarga de información en algunos rubros, lo que facilita el proceso de declaración.
Sin embargo, es importante saber qué el incumplimiento de esta obligación podría resultar en sanciones y multas significativas.
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Desde el pasado 1 de enero y hasta el 31 de marzo, las empresas deben de presentar la Declaración Anual, la cual cuenta con la precarga de los siguientes rubros:
Dentro de los formularios se pueden visualizar las siguientes modificaciones:
Se conserva la funcionalidad del apartado “Remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores”, con la que se agrega información de los ejercicios de 2014 a 2023.
Nómina deducible de periodos anteriores, dirigido a las personas morales inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Este campo incluye la nómina acumulada correspondiente al periodo de liquidación. Dentro del apartado “Gastos” se agregó la sección “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, la cual contiene la precarga de los pagos provisionales.
Las empresas deben de tener servicio de banca electrónica ya que obtener un saldo a cargo, este debe solventarse por transferencia electrónica y a través del bando de su preferencia.
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