SAT lanza nuevos formularios para realizar declaración anual
Con las nuevas herramientas del SAT, ahora es mas fácil realizar tu declaración anual. Te contamos de que va.
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un recordatorio a las empresas que deben presentar su declaración anual del ejercicio fiscal 2024, a más tardar el 31 de marzo.
Este año el SAT ha mejorado los formularios, incluyendo precarga de información en algunos rubros, lo que facilita el proceso de declaración.
Sin embargo, es importante saber qué el incumplimiento de esta obligación podría resultar en sanciones y multas significativas.
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Documentos a precargar para la Declaración Anual
Desde el pasado 1 de enero y hasta el 31 de marzo, las empresas deben de presentar la Declaración Anual, la cual cuenta con la precarga de los siguientes rubros:
- Ingresos: Ingresos de pagos provisionales efectivamente pagados
- Devoluciones, descuentos y bonificaciones: CFDI de tipo ingreso y egreso
- Retenciones efectivamente pagadas: ISR sueldos y salarios, ISR asimilados a salarios, ISR servicios profesionales y RESICO, ISR arrendamiento
- Nómina: Nómina pagada de salarios, nómina pagada de asimilados, PTU pagada, Retenciones de ISR salarios y asimilados efectuadas, Subsidio al empleo aplicado.
- Remanentes de declaraciones de ejercicios anteriores pagadas: Pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo.
¿Cómo son los nuevos formularios del SAT?
Dentro de los formularios se pueden visualizar las siguientes modificaciones:
- En el Régimen General, apartado “Gastos” se incluyó un cambio denominado “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, en el que se encuentra la precarga del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo ingresos y egresos con método de pago en una sola exhibición (PUE) y pago en parcialidades o diferido (PPD).
- En el apartado de Participación de los Trabajadores en las Utilidades pagada, “PTU pagada”, se agregó el campo “PTU no deducible”.
Se conserva la funcionalidad del apartado “Remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores”, con la que se agrega información de los ejercicios de 2014 a 2023.
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Nómina deducible de periodos anteriores, dirigido a las personas morales inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Este campo incluye la nómina acumulada correspondiente al periodo de liquidación. Dentro del apartado “Gastos” se agregó la sección “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, la cual contiene la precarga de los pagos provisionales.
Las empresas deben de tener servicio de banca electrónica ya que obtener un saldo a cargo, este debe solventarse por transferencia electrónica y a través del bando de su preferencia.
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